M’he quedat parada amb les compareixences de l’ACE i de CEDRO davant la Comissió de Cultura del Congrés dels Diputats.
Manifesten una gran preocupació perquè consti a la Llei de la lectura, el llibre i les biblioteques que s’està tramitant actualment, el respecte als drets de propietat intel·lectual com a valors i principis de la biblioteca. Segons sembla tenen greus problemes amb les biblioteques.
A mesura que desenvolupen els seus arguments queda clar que el problema concret és amb la demora en l’aplicació del cànon pels préstecs que es fan a les biblioteques. I “les bibliotecàries” els hem sortit carbassa perquè enlloc d’acceptar submisament, i fins i tot defensar les seves exigències, hem estat capaces de plantar cara i donar arguments en contra. On s’és vist tal desvergonyiment!
Us deixo algunes frases i us proposo llegir el text complet perquè és molt aclaridor de les postures de cadascú. Renoi si ajuda la tecnologia a la transparència democràtica! Però cal que fem l’esforç d’informar-nos de primera mà i això és el que us recomano amb aquesta lectura.
El representant d’ACE (Asociación Colegial de Escritores de España)
“… pienso que dentro del capítulo V, dedicado a las bibliotecas, debería expresarse entre los principios que las rigen, en el artículo 11.2, un apartado, que señalaríamos con la letra e), que aludiera al respeto a los derechos de propiedad intelectual, porque es en las bibliotecas donde a veces tenemos problemas los autores, y seguramente todos ustedes conocen los problemas que ha habido entre los autores y los bibliotecarios. El respeto a los derechos de propiedad intelectual falta entre los principios que deben regir las bibliotecas. También creo que debería introducirse en la ley la regulación del canon por préstamo público o bibliotecario exigido por la Directiva europea 92/100, de 19 de noviembre de 1992, que está pendiente de aplicar debidamente desde aquella fecha, por lo que, como ustedes saben, la Sala Tercera del Tribunal Europeo de Justicia, en sentencia de 26 de octubre de 2006, ha condenado a España con consecuencias gravísimas y muy gravosas.”
La representant de CEDRO (Centro Español de Derechos Reprográficos)
“Respecto a cómo se podía concretar el principio general de que se respete la propiedad intelectual en las bibliotecas, los principios son importantes, porque lo primero que hacen hoy día todas las empresas e instituciones es establecer su misión y sus valores. Es fundamental que en la misión, en los principios y en los valores esté la propiedad intelectual, porque, si no, difícilmente se van a cumplir estas normas, pero simplemente con que se aplicara y se cumpliera lo que establecen las normas de propiedad intelectual, la propiedad intelectual y el derecho de autor estarían muy bien representados. El problema, como dije antes, es que en España, por lo menos en lo que se refiere a la propiedad intelectual, es muy difícil que se cumplan las normas, especialmente cuando afectan a instituciones que dependen de organismos públicos. Yo a veces lo comento con compañeros de otras entidades de gestión y digo: vale, uno va a los tribunales y denuncia a un bar o a un hotel, pero en nuestro caso ¿qué hacemos? ¿Denunciamos a un instituto, a un colegio o a una biblioteca y los llevamos a los tribunales? Ese es el problema, porque donde más utilización ilegal se hace de copias en España es en la enseñanza en todos sus niveles. De hecho la universidad es la que más cumple, porque muchas de ellas tienen licencias, o sea, que están pagando por las copias que realicen, pero no así el resto de sectores ni las bibliotecas en general.”
Congrés dels Diputats. Comissió de cultura, 19-2-2007
http://www.congreso.es/public_oficiales/L8/CONG/DS/CO/CO_749.PDF
Proyecto de ley de la lectura, del libro y de las bibliotecas (BOCG A112-1, 24-11-2006)
http://www.congreso.es/public_oficiales/L8/CONG/BOCG/A/A_112-01.PDF